Cálculo de Riesgo de Pararrayos y Nivel de Protección (NPL) en España
Realizamos el cálculo de riesgo de rayo conforme a la UNE-EN 62305-2 para edificios de toda España que no están en el caso obligatorio del CTE DB-SUA 8 (>43 m o sustancias peligrosas) y necesitan justificar si les corresponde instalar protección. Evaluamos el riesgo estimado —el número de eventos peligrosos esperados (Nd), que depende del nivel keráunico local (Nk, según el mapa de AEMET), de la superficie y de la altura— frente al riesgo tolerable, según el tipo de construcción, el contenido, el uso y la necesidad de continuidad de servicio. El resultado determina el Nivel de Protección (NPL I=98%, II=95%, III=90%, IV=80%). Entregamos la memoria técnica justificativa, válida ante la administración y el seguro.
Qué incluye
Todo lo que hacemos en cálculo de riesgo de pararrayos y nivel de protección (npl) — presupuesto cerrado y garantía.
- Recopilación de datos del edificio y de su entorno
- Determinación del nivel keráunico local (Nk) según el mapa de AEMET
- Cálculo del riesgo (Nd) y comparación con el tolerable conforme a la UNE-EN 62305-2
- Determinación del Nivel de Protección (NPL I–IV)
- Memoria técnica justificativa
- Recomendación de medidas de protección si el riesgo lo exige
Cálculo de Riesgo de Pararrayos y Nivel de Protección (NPL) en tu municipio
Páginas dedicadas con información local de cada zona de España.
Preguntas frecuentes — Cálculo de Riesgo de Pararrayos y Nivel de Protección (NPL)
¿Mi edificio de menos de 43 m necesita pararrayos?
¿Qué es el Nivel de Protección (NPL)?
¿Qué es el nivel keráunico Nk?
¿Cuánto cuesta el cálculo de riesgo de rayo?
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